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Delito aborto podría ser inconstitucional

La SCJN (la Suprema Corte de Justicia de la Nación) va a debatir el próximo 29 de junio un amparo que podría declarar inconstitucional y despenalizar el delito de aborto.

El proyecto ha sido presentado el pasado 16 de junio por el ministro Arturo Zaldívar. Los argumentos que planteó a la Primera Sala de la Corte se basaron en que los causales permitidos para abortar legalmente no reconocen el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre la interrupción del embarazo. Según el texto, el Código Penal Federal no respeta derechos humanos como el libre desarrollo de la salud sexual y reproductiva.

Actualmente, dicho código sólo contempla la interrupción legal del embarazo (ILE) cuando se ha sufrido una violación, no hay intencionalidad (culposo) o cuando hay peligro de muerte para la mujer. El proyecto plantea reconocer la agencia y los derechos de las mujeres y que los supuestos sean lo más amplios posibles, especialmente dentro de los primeros meses tras la concepción, si bien ésta podría estar protegida cuando la gestación sea más avanzada.


El ministro Zaldívar quiere emplear este proyecto de amparo contra los artículos 332 y 334 del Código Penal Federal, que se aplica en instituciones de salud federales, provocando hasta 5 años de cárcel para las mujeres. En palabras de Zaldívar: "Condenarla a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud, su vida, implica desconocer el valor que tiene como persona, cuyos deseos e intereses son relevantes y ponderables en la difícil cuestión de la interrupción del embarazo".

Según el texto: "Las consecuencias derivadas de las prohibiciones al aborto, tales como muertes evitables, la imposibilidad de volverse a embarazar o daños psicológicos permanentes, constituyen afectaciones al derecho a la salud.”


El precedente de Margarita

El proyecto de amparo se refiere a Margarita Pino Salazar. La sanidad pública le negó el aborto en 2013 (concretamente el ISSSTE),  pese a que era una mujer derechohabiente y su situación médica ponía en peligro su salud (padecía el síndrome de Klinefelter, una alteración cromosómica).  Instituciones como el ISSSTE o el IMSS se amparan en el código penal federal para negar la interrupción del embarazo a mujeres como Margarita. Ella pudo abortar acudiendo a una clínica privada acreditada, ya que su caso estaba médicamente indicado. Una sentencia favorable no sólo supondría una compensación moral y económica para ella, también hará que el caso pase a la Corte por su relevancia, cree precedente y sea el primer paso para la jurisprudencia.

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